# Estudio Jurídico Di Paolo > Dra. Danisa Di Paolo — Abogada corporativa con más de 10 años de experiencia asesorando empresas, pymes y profesionales en Argentina. > Agente INPI oficial (marcas y software). Especialista en propiedad intelectual, legaltech y fintech. ## Sitio web principal - [Inicio](https://www.estudiodipaolo.com.ar/) - [Precios y Planes](https://www.estudiodipaolo.com.ar/precios-y-planes) - [Blog](https://www.estudiodipaolo.com.ar/blog) ## Servicios legales especializados - [Contratos de Alquiler](https://www.estudiodipaolo.com.ar/contratos-alquiler): Asesoramiento integral en contratos de locación - [Contratos Comerciales](https://www.estudiodipaolo.com.ar/contratos-comerciales): Redacción y revisión de contratos comerciales - [Términos y Condiciones](https://www.estudiodipaolo.com.ar/terminos-y-condiciones): Redacción de términos y condiciones para sitios web y apps - [Registro de Marcas](https://www.estudiodipaolo.com.ar/registro-de-marcas): Registro y defensa de marcas ante INPI - [Registro de Software](https://www.estudiodipaolo.com.ar/registro-de-software): Registro de software y propiedad intelectual - [Derechos de Autor](https://www.estudiodipaolo.com.ar/derechos-de-autor): Protección de obras y derechos de autor - [Derecho Laboral](https://www.estudiodipaolo.com.ar/derecho-laboral): Asesoramiento laboral para empresas y empleados - [Sucesiones](https://www.estudiodipaolo.com.ar/sucesiones): Trámites sucesorios y planificación patrimonial - [Planes de Asesoramiento Legal para Empresas](https://www.estudiodipaolo.com.ar/precios-y-planes): Planes y tarifas de servicios legales ## Precios y planes URL: https://www.estudiodipaolo.com.ar/precios-y-planes Honorarios profesionales orientativos para empresas, pymes y profesionales en Argentina. Los precios son referenciales y pueden variar según extensión, complejidad o urgencia del trabajo. ### Asesoramiento mensual PyMEs #### Plan Starter Precio: Desde $79.000/mes Incluye: - Hasta 5 consultas mensuales - Respuesta por WhatsApp o email - Hasta 48 hs hábiles #### Plan Pro Precio: Desde $149.000/mes Incluye: - Hasta 10-12 consultas mensuales - 1 revisión de contrato simple por mes - Respuesta prioritaria 24-48 hs ### Contratos de alquiler #### Revisión + ajustes Precio: Desde $69.000 Tiempo de entrega: 48 hs hábiles Incluye: - Revisión completa con edición - Ajustes de cláusulas No incluye: - Gastos de informes y certificación #### Redacción completa Precio: Desde $89.000 Tiempo de entrega: 5 a 7 días hábiles Incluye: - Redacción completa del contrato - Intermediación y negociación con inquilino/a No incluye: - Gastos de informes y certificación ### Contratos comerciales #### Contrato estándar Precio: Desde $99.000 Tiempo de entrega: 5 a 7 días hábiles Incluye: - Redacción de contrato comercial estándar - Cláusulas habituales del rubro #### Contrato personalizado Precio: Desde $180.000 Tiempo de entrega: 7 a 10 días hábiles Incluye: - Redacción a medida según necesidades - Cláusulas especiales y negociación ### derecho-de-autor #### Registro de derecho de autor Precio: Desde $110.000 Tiempo de entrega: Hasta 30 días hábiles Incluye: - Asesoramiento sobre protección de obra - Preparación de documentación - Trámite completo ante DNDA - Seguimiento hasta resolución ### derecho-laboral #### Asesoramiento en desvinculación Precio: Desde $149.000 Tiempo de entrega: 48 días hábiles Incluye: - Revisión del legajo antes de despedir - Cálculo de indemnizaciones - Recomendaciones para minimizar riesgo legal No incluye: - Redacción de cartas documento - Representación judicial Nota: Ideal antes de tomar la decisión de despido #### Defensa en demanda laboral Precio: Desde $299.000 Incluye: - Análisis de la demanda y estrategia de defensa - Representación en audiencia prejudicial (SECLO) - Seguimiento del expediente judicial No incluye: - Gastos judiciales (tasas, pericias, edictos) Nota: El precio final varía según complejidad y monto reclamado ### Planes destacados #### Pack emprendedor Precio: Desde $220.000 Tiempo de entrega: 5 a 7 días hábiles Incluye: - Términos y condiciones + Política de privacidad + 1 contrato base a elección Nota: Ideal para negocios digitales o nuevos emprendimientos #### Plan Starter PyMEs Precio: Desde $79.000/mes Incluye: - Hasta 5 consultas mensuales - Respuesta por WhatsApp o email - Hasta 48 hs hábiles #### Plan Pro PyMEs ⭐ (Más elegido) Precio: Desde $149.000/mes Incluye: - Hasta 10-12 consultas mensuales - 1 revisión de contrato simple por mes - Respuesta prioritaria 24-48 hs #### Revisión + edición de contratos ⭐ (Más elegido) Precio: Desde $79.000 Tiempo de entrega: 24 hs hábiles Incluye: - Revisión + edición directa - Ajustes en cláusulas clave ### Pack emprendedor #### Pack emprendedor Precio: Desde $220.000 Tiempo de entrega: 5 a 7 días hábiles Incluye: - Términos y condiciones - Política de privacidad - 1 contrato base a elección Nota: Ideal para negocios digitales o nuevos emprendimientos ### Registro de marcas #### Registro de marca Precio: Desde $110.000 Incluye: - Búsqueda de antecedentes - Presentación ante INPI - Seguimiento del trámite Nota: No incluye tasas oficiales ### registro-de-software #### Registro de software Precio: Desde $110.000 Tiempo de entrega: Hasta 30 días hábiles Incluye: - Asesoramiento sobre protección de software - Preparación de documentación técnica - Trámite completo ante DNDA - Seguimiento hasta resolución ### Sucesiones #### Consulta inicial Precio: Desde $79.000 Incluye: - Evaluación del caso - Orientación sobre pasos a seguir #### Inicio de sucesión Precio: Desde $299.000 Incluye: - Inicio del trámite judicial - Presentación de documentación #### Sucesión completa Precio: Desde 6% del valor de los bienes Incluye: - Trámite completo hasta la inscripción - Gestión integral del proceso ### terminos-y-condiciones #### Revisión de términos y condiciones Precio: Desde $89.000 Tiempo de entrega: 24 a 48hs hábiles Incluye: - Revisión completa - Ajustes clave - Detección de riesgos - 1 ronda de consultas No incluye: - Redacción desde cero - Implementación web #### Términos y condiciones a medida Precio: Desde $189.000 Tiempo de entrega: 3 a 5 días hábiles Incluye: - Redacción completa - Cláusulas personalizadas - Ajustes post entrega - Recomendaciones legales No incluye: - Implementación web - Políticas adicionales ## Preguntas frecuentes URL: https://www.estudiodipaolo.com.ar/#faq ### Contratos comerciales #### ¿Por qué necesito que una abogada revise mis contratos comerciales? Porque la intervención de un profesional especializado garantiza la seguridad jurídica de las operaciones comerciales. Un instrumento con deficiencias en su técnica contractual puede derivar en contingencias legales, interpretaciones contradictorias y perjuicios patrimoniales significativos. La revisión técnico-legal permite alinear el documento con la normativa vigente, asegurando que las cláusulas de responsabilidad, plazos y regímenes de pago sean plenamente ejecutables. La revisión experta constituye una herramienta de derecho preventivo esencial para mitigar la litigiosidad. #### ¿Qué tipos de contratos redactás o revisás? Sólida experiencia en negociación, redacción y revisión de contratos civiles y comerciales, incluyendo locación, prestación de servicios y obra, acuerdos de confidencialidad (NDA), contratos B2B y B2C, y participación en procesos licitatorios. Revisión de Términos y condiciones de app y web, documentos legales. #### ¿También negociás contratos en nombre de la empresa? Sí. Se revisan documentos en conjunto, se sugiere cambios y se negocian cláusulas para proteger los intereses del negocio antes de la firma mitigando los riesgos. ### Contratos de alquiler #### ¿Cuándo debería consultar para revisar un contrato de alquiler? Antes de firmar. Es el momento donde todavía se puede negociar y corregir. Una vez firmado, muchas condiciones quedan pactadas y son difíciles de modificar. Una revisión previa te evita aceptar cláusulas abusivas o poco claras que después eventualmente pueden generar riesgos. #### ¿Cuáles son los riesgos legales de utilizar modelos genéricos de contratos inmobiliarios? Los contratos "estándar" puede tener falta de adecuación al caso concreto, pueden favorecer a una sola de las partes, dejando vacíos legales en situaciones de rescisión anticipada, reparaciones urgentes o depósitos en garantía. ### Derecho laboral #### ¿Cuándo debería una empresa consultar con un abogado laboral? Antes de tomar decisiones, no después del problema. Contrataciones, despidos, sanciones o cambios en condiciones laborales tienen impacto legal directo. Un error puede generar reclamos costosos. La asesoría previa reduce riesgos y evita juicios innecesarios. #### ¿Qué riesgos tiene no contar con asesoramiento laboral? Multas, indemnizaciones mal calculadas o demandas laborales. Incluso sin contrato escrito, la ley presume la existencia de una relación laboral si hay dependencia, lo que genera obligaciones para el empleador. Un mal manejo puede salir mucho más caro que prevenirlo. #### ¿El asesoramiento laboral es solo para conflictos o también preventivo? Ambos, pero lo preventivo es donde más valor aporta. Permite estructurar correctamente contrataciones, políticas internas y desvinculaciones. Cuando el problema ya existe, las opciones suelen ser más limitadas y costosas. ### Derechos de Autor #### ¿Qué obras se pueden registrar? Libros, textos, música, canciones, contenidos digitales, diseños y obras creativas. #### ¿El registro es obligatorio? No, pero es la forma más sólida de probar autoría y fecha de creación. ### General #### ¿Atendés empresas de toda Argentina? Sí. El asesoramiento corporativo puede brindarse en todo el país. Para litigar tengo matrícula en CABA. #### ¿Trabajás con empresas de tecnología? Sí. Hay experiencia en tecnología, telecomunicaciones y negocios digitales. #### ¿Realizás gestiones ante organismos? Sí. Trámites y presentaciones ante INPI, ENACOM, GCBA, SECLO y COPREC. ### Marcas #### ¿Cómo se registra una marca en Argentina? Primero se realiza una búsqueda de antecedente del nombre, logo para el tipo de categoría (clasificación de NIZA), en caso de estar disponible, se presenta la solicitud ante INPI, se abona ya que tiene un costo, y se sigue el trámite hasta la concesión. Puede haber entre la solicitud y la concesión oposiciones de otras personas, las cuales deben atenderse. #### ¿Qué pasa si otra empresa usa mi marca? Si la marca está registrada, se puede intimar el cese de uso y defender el derecho exclusivo. #### ¿Puedo registrar nombre y logo juntos? Sí. Se puede registrar denominación, logo o ambos según la estrategia de protección. Incluso se puede registrar en más de una clasificación si así fuera necesario (Niza). ### Software #### ¿El software se puede registrar en Argentina? Sí. El software se protege como obra intelectual y el registro acredita autoría y titularidad. El organismo donde se registra es DNDA. También se pueden proteger los contratos de software. #### ¿Para qué sirve registrar una aplicación? Permite acreditar propiedad, licenciar, comercializar o defender el software ante copias. ### Términos y condiciones #### ¿Mi sitio web o app necesita términos y condiciones? Sí. Toda app y web debe tener términos y condiciones legales, que es el contrato que va a regir la relación entre las partes y también debe tener incluida la Política de privacidad para regular el tratamiento de datos. #### ¿Los términos sirven para promociones o campañas publicitarias? Sí, es obligatorio para que la pieza sea válida desde el punto legal. #### ¿Los documentos legales sirven para e-commerce en Argentina? Sí, constituyen la infraestructura jurídica obligatoria para cualquier plataforma de e-commerce. Operar sin ellos en Argentina implica quedar expuesto a sanciones administrativas gravísimas y a una vulnerabilidad patrimonial total frente a los consumidores. Protege el modelo de negocio. ## Blog — Notas Legales URL: https://www.estudiodipaolo.com.ar/blog Artículos sobre derecho corporativo, marcas, contratos y propiedad intelectual para empresas, pymes y profesionales en Argentina. Escritos por la Dra. Danisa Di Paolo. ### Subís tu música: por qué registrarla antes de que alguien más la use URL: https://www.estudiodipaolo.com.ar/notas-legales/subis-tu-musica-por-que-registrarla-antes-de-que-alguien-mas-la-use Fecha: 14 de abril de 2026 Categoría: Derechos de autor Subir música a Internet te expone a usos no autorizados. Te explico por qué registrar tus obras y grabaciones en Argentina antes de publicar y qué pasos prácticos dar. Por qué registrar tu obra Si te dedicas a la música, componés o producís y estás a punto de subir tus temas a plataformas digitales, es clave que entiendas qué protección te brinda la ley argentina y por qué conviene registrar lo antes posible. En Argentina la protección de los derechos de autor nace con la creación, pero el registro y otros instrumentos probatorios facilitan defender tus derechos, cobrar regalías y evitar que terceros se apropien de tu trabajo. Qué protege la ley y qué tipos de derechos hay La Ley N° 11.723 regula los derechos de autor en Argentina. Hay que distinguir al menos tres categorías: Obra musical (composición): la melodía y la letra; protege al autor/compositor. Interpretación: derechos de los intérpretes sobre su ejecución. Fonograma o grabación: derechos del productor fonográfico sobre la fijación sonora. Además, la ley reconoce derechos morales (paternidad, integridad) que son inalienables y persisten con especial protección; los derechos patrimoniales (económicos) pueden licenciarse o cederse por contrato. Argentina es parte de la Convención de Berna, por lo que la protección es automática y no exige formalidades para existir: sin embargo, la existencia de documentación y registros facilita probar la autoría y la fecha de creación. Por qué el registro y otros actos previos te benefician antes de subir la música Prueba de autoría y fecha: aunque la protección nace al crear, registrar la obra ante la Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA) o depositar documentación probatoria (acta notarial, certificación digital con sello de tiempo) otorga presunción de veracidad sobre autoría y fecha, lo que facilita litigar o gestionar reclamos. Gestión y cobro de regalías: inscribirte en sociedades de gestión colectiva (por ejemplo, SADAIC para autores/compositores; AADI para intérpretes; CAPIF o entidades afines para productores) te permite cobrar por usos públicos, emisiones y plataformas digitales. Identificación internacional: obtener y consignar códigos ISWC (obra musical) e ISRC (grabación) facilita que las plataformas y sociedades de gestión identifiquen y paguen tus derechos a nivel global. Prevención de apropiaciones y conflicto de nombres: registrar tu nombre artístico o logo como marca ante el INPI evita que terceros registren signos iguales o confundibles en clases relevantes (por ejemplo, clase 41 para servicios de entretenimiento; clase 9 para soportes digitales; clase 25 para merchandising). Mayor efecto en medidas cautelares: en procedimientos para cesar usos no autorizados, la existencia de un registro incrementa la probabilidad de obtener medidas cautelares y de pruebas de los hechos en juicio. Qué registros y gestiones conviene hacer en Argentina No existe una única receta: depende de si sos autor, intérprete, productor o si además querés comercializar merchandising. A modo general: Registro en la DNDA: presentar la obra y/o la grabación como depósito te genera un título que facilita la prueba. La DNDA es la autoridad administrativa que lleva archivos de obras. Inscripción en sociedades de gestión: asociarte a SADAIC si sos autor/compositor; a AADI u otras entidades si sos intérprete; coordinar con el productor y con CAPIF para grabaciones y distribución. ISWC e ISRC: gestionarlos mediante las sociedades de gestión o a través de tu distribuidor digital para que tus obras y grabaciones estén correctamente identificadas en los catálogos internacionales. Registro de marca en INPI: si querés proteger tu nombre artístico, logo o marca de banda, hacé una búsqueda de antecedentes y presentá la solicitud en las clases pertinentes. Esto impide a un tercero registrar la marca y usarla comercialmente. Contratos y documentación: firmá contratos claros de cesión/licencia con coautores, intérpretes y productores; conservá masters, stems y correos como evidencia de titularidad y acuerdos. Qué tenés que revisar antes de subir la música a plataformas Términos y condiciones: leé con atención qué cesión de derechos exigís al aceptar el servicio. Algunas plataformas exigen licencias amplias o exclusivas; otras funcionan con distribuidores que gestionan derechos a cambio de comisión. Exclusividad: evitá otorgar exclusividad si querés seguir explotando la obra por otros medios. Metadatos: completá correctamente autoría, editor, ISWC/ISRC y splits de royalties para asegurar cobros justos. Protección técnica: considerá activar herramientas como Content ID (YouTube) o servicios análogos que detectan usos no autorizados y facilitan la monetización o bloqueo. Si alguien usa tu música sin permiso: pasos prácticos Si detectás un uso no autorizado, podés seguir estas acciones (la existencia de registros y códigos facilita cada paso): Reunir prueba: captura de pantalla, URL, fecha y copia de la obra original. Contactar a la plataforma solicitando bloqueo o notice-and-takedown, aportando prueba de titularidad. Enviar una carta documento o un cese y desista extrajudicial al infractor. Si no hay solución, iniciar acciones judiciales por infracción de derechos de autor ante la justicia nacional para pedir medidas cautelares, secuestro de ejemplares y resarcimiento. El registro en DNDA, la inscripción en sociedades de gestión y los códigos ISWC/ISRC son elementos que facilitan y aceleran tanto la gestión administrativa como el reclamo judicial. Algunas precauciones prácticas antes de publicar Hacé un inventario de derechos: quién compuso, quién produjo, quién aportó lyrics o samples. Registrá la obra en la DNDA y asociate a la sociedad de gestión correspondiente antes de la publicación masiva. Obtené ISRC/ISWC y verificá los splits de regalías con tu distribuidor. Si usaste samples o obras ajenas, asegurate de contar con las licencias escritas necesarias antes de subir. Considerá preservar pruebas adicionales (acta notarial, sellos de tiempo digitales) para reforzar la fecha de creación. Notas finales y límites Recordá que la protección de la Ley N° 11.723 opera desde la creación y que la inscripción no es un requisito para la existencia del derecho, sino una herramienta probatoria y de gestión. También es importante entender que las cuestiones internacionales y la recaudación de derechos pueden requerir la interconexión entre sociedades de gestión y acuerdos con distribuidores globales, por lo que conviene planificar la estrategia de registro y gestión antes de publicar. Si querés, podemos revisar tu caso específico: qué registros convienen según tu rol (autor, intérprete, productor), qué clases registrar en el INPI para tu nombre artístico y cómo documentar de forma sólida la autoría y la titularidad de las grabaciones. Consejo práctico: antes de subir, registrá la obra en la DNDA, solicitá ISWC/ISRC y asegurá la inscripción en la sociedad de gestión correspondiente. Eso te va a dar herramientas reales para reclamar si alguien usa tu música sin permiso. Si necesitás orientación puntual sobre registros, marcas o contratos antes de publicar, consultame y te oriento sobre los pasos concretos a seguir. --- ### 7 errores en contratos comerciales que te pueden costar dinero URL: https://www.estudiodipaolo.com.ar/notas-legales/7-errores-en-contratos-comerciales-que-te-pueden-costar-dinero Fecha: 13 de abril de 2026 Categoría: Contratos comerciales Los 7 fallos contractuales más frecuentes en acuerdos comerciales y medidas prácticas para prevenir pérdidas y litigios en Argentina. Introducción Sos empresario o responsable legal de una pyme y firmaste —o estás por firmar— un contrato comercial. Los errores en la redacción y en la negociación pueden traducirse en costos directos, multas, o pérdida de oportunidades. En este artículo te explico, desde mi experiencia como abogada, los 7 fallos más comunes que veo en contratos comerciales en Argentina y cómo prevenirlos con medidas prácticas y ajustadas al marco legal vigente. Por qué importa revisar el contrato antes de firmar Un contrato no es solo un documento administrativo: fija derechos y obligaciones, riesgos, mecanismos de cobro, responsabilidades y mecanismos de salida. El Código Civil y Comercial de la Nación regula la autonomía de la voluntad, pero también impone límites y principios que pueden afectar la eficacia de las cláusulas. Además, si contratás con consumidores o usuarios, existirá normativa protectoria que reduce la libertad contractual. Revisar y negociar evita costos posteriores y reduce la probabilidad de litigio. Los 7 errores que pueden costarte dinero (y cómo prevenirlos) 1. Objeto impreciso o alcance ambiguo Qué falla: Usar descripciones vagas del objeto del contrato, servicios, entregables o plazos. Esto genera conflictos sobre qué se comprometió cada parte y abre la puerta a interpretaciones que perjudican a quien no previó detalles. Cómo prevenirlo: Definí con precisión el alcance (entregables, criterios de aceptación, métricas, fechas). Incorporá anexos técnicos, cronogramas y ejemplos. Si se trata de licencia de marca o uso de signos distintivos, especificá exactamente qué derechos se conceden (territorio, duración, clase de productos/servicios), y remarcá la titularidad de la marca y si existe registro ante el INPI. 2. Condiciones de pago incompletas o sin mecanismos de ajuste Qué falla: No fijar moneda, forma de pago, vencimientos, intereses por mora o mecanismos de ajuste en contratos de larga duración. En economías volátiles, esto genera mora o litigios por la actualización del precio. Cómo prevenirlo: Establecé moneda, plazos precisos, instrumentos de pago y la tasa de interés por mora. Para contratos de largo plazo, acordá índices de ajuste o fórmulas de actualización razonables. Recordá la libertad contractual regida por el Código Civil y Comercial: podés pactar índices, pero evitá cláusulas abusivas si contratás con consumidores. 3. Ausencia de cláusulas claras de responsabilidad y límite de daños Qué falla: No delimitar responsabilidad por incumplimiento, excluir o fijar topes a indemnizaciones, o dejar ambigua la responsabilidad por daños indirectos. Cómo prevenirlo: Pactá con claridad las obligaciones esenciales, las garantías, y los límites de responsabilidad (topes, exclusiones, excepciones por fuerza mayor). Si constituís cláusulas limitativas, redactalas de modo claro para que no sean interpretadas como cláusulas nulas por abusivas según la normativa aplicable al caso (especialmente en contratos con consumidores o donde opere ley pública). 4. Olvidar protección de propiedad intelectual y uso de marcas Qué falla: No regular quién detenta la propiedad intelectual ni cómo se usan marcas, diseños, o software. Esto provoca disputas sobre explotación comercial o renovación de licencias. Cómo prevenirlo: Incluí cláusulas específicas sobre titularidad de derechos, licencias (exclusivas/no exclusivas), alcance territorial y temporal, sublicenciamiento, control de calidad y uso de marcas. Para marcas, indicá si el titular tiene registro en el INPI y quién asume la defensa ante terceros. En cesiones, precisá si transferís dominio o sólo otorgás licencia. 5. Falta de cláusulas de confidencialidad y protección de datos Qué falla: No contemplar obligación de confidencialidad ni medidas para la protección de datos personales que se compartan en la relación contractual. Cómo prevenirlo: Incorporá una cláusula de confidencialidad con definiciones, duración y excepciones. Si en el contrato se manejarán datos personales de una parte hacia la otra, tené presente la Ley 25.326: los titulares tienen derechos de acceso, rectificación, actualización, supresión y confidencialidad sobre sus datos (art. 16). Si vas a operar bases de datos, evaluá la obligación de inscripción ante el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD) y definí en el contrato las medidas técnicas y organizativas para resguardar la información. 6. No prever causales y consecuencias de resolución Qué falla: Omisión de cómo y cuándo puede terminarse el contrato, sin anticipar efectos prácticos sobre pagos, devolución de materiales o finalización de prestaciones. Cómo prevenirlo: Definí causales de incumplimiento graves y leves, plazos para subsanar, procedimientos de notificación y efectos de la resolución (compensaciones, devolución de bienes, confidencialidad post-contractual). Incluí un inventario de bienes/entregables que deban restituirse y un mecanismo de liquidación final. 7. Firma sin verificar poderes, formalidades y anexos Qué falla: Firmar con representantes sin verificar poderes, no adjuntar documentación necesaria, o olvidar requisitos formales (protocolos, inscripciones, testigos o forma pública cuando la ley la exige para determinados contratos como la transferencia de inmuebles). Cómo prevenirlo: Comprobá la capacidad de las partes y la representación (estatutos sociales, poderes, constancias registrales). Exigí anexos firmados y condiciones suspensivas claras. Si el acto requiere forma pública o inscripción para producir efectos frente a terceros, pactalo expresamente y exigí su cumplimiento antes de la ejecución plena. Checklist práctico antes de firmar ¿Está el objeto descrito con precisión y anexos técnicos si corresponde? ¿Quedaron claros la moneda, plazos y mecanismos de ajuste de precio? ¿Se definieron responsabilidades, topes y seguros? ¿Hay cláusulas de propiedad intelectual y uso de marca precisas? ¿Se contempló la protección de datos personales conforme a la Ley 25.326? ¿Existen causales de resolución y procedimiento de subsanación? ¿Verificaste poderes y adjuntaste todos los anexos/formalidades? Conclusión Los errores en contratos comerciales suelen surgir por prisa, supuestos no documentados o falta de asesoramiento. Muchas veces un ajuste simple —aclarar el alcance, fijar un mecanismo de actualización, o precisar la titularidad de una marca— evita reclamos costosos y litigios. El marco normativo argentino favorece la autonomía de la voluntad, pero impone límites y especial protección en casos concretos (consumidores, datos personales, requisitos de forma). Un buen contrato no garantiza el éxito del negocio, pero sí reduce la probabilidad de pérdidas y te da herramientas claras para resolver conflictos. Si querés, reviso en detalle un contrato y te doy un informe práctico con riesgos y propuestas de redacción. La consulta puede evitar costos futuros y proteger tus activos, incluida la marca y los datos sensibles. --- ### Por qué tener Términos y Condiciones para Sitios Web y Aplicaciones URL: https://www.estudiodipaolo.com.ar/notas-legales/por-que-tener-terminos-y-condiciones-para-sitios-web-y-aplicaciones Fecha: 6 de abril de 2026 Categoría: Términos y condiciones Descubrí por qué tu sitio o app necesita Términos y Condiciones: cumplimiento legal en Argentina, protección de la empresa, privacidad y prueba del consentimiento. Introducción: ¿Por qué importan los Términos y Condiciones? Soy la Dra. Di Paolo. Si manejás una empresa o una pyme en Argentina y tenés un sitio web o una aplicación móvil, tenés que entender que los Términos y Condiciones no son solo un texto legal: son la regla del juego entre vos y tus usuarios. Más allá de las cuestiones técnicas y comerciales, esos términos regulan derechos, obligaciones y riesgos jurídicos. En este artículo te explico qué deberías contemplar y qué marco legal argentino aplica. Qué son los Términos y Condiciones Los Términos y Condiciones (T&C) son un contrato o conjunto de cláusulas que describen el uso permitido del sitio o la app, la relación entre proveedor y usuario, las responsabilidades, la política de privacidad y las reglas sobre propiedad intelectual, pagos y resolución de conflictos. En la práctica, cumplen varias funciones: informar, prevenir disputas, limitar riesgos y documentar el consentimiento del usuario. Marco legal argentino relevante Al diseñar los T&C tenés que tener presente la normativa nacional y los principios del derecho contractual y del consumidor: Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240): exige información clara y veraz, prohíbe cláusulas abusivas y limita la posibilidad de eximir o reducir responsabilidades frente al consumidor. Si vendés bienes o servicios a consumidores finales, las disposiciones protectorias prevalecen. Código Civil y Comercial de la Nación: regula la formación de contratos, el consentimiento y la validez de los actos jurídicos. Reconoce la validez de los contratos celebrados por medios electrónicos. Ley de Firma Digital (Ley 25.506): valida la firma digital y la firma electrónica como mecanismos para probar la voluntad de las partes en actos jurídicos realizados por medios electrónicos, siempre que se cumplan los requisitos de identificación y trazabilidad. Ley de Protección de Datos Personales (Ley 25.326): si procesás datos personales tenés obligaciones de información, consentimiento y seguridad. La política de privacidad debe estar alineada con esta ley y sus normas complementarias. Adicionalmente, toda empresa o profesional que recolecte o trate datos personales debe inscribir sus bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD), gestionado por la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP). Es una obligación formal cuyo incumplimiento puede acarrear sanciones administrativas. Cláusulas esenciales que deberían estar en tus T&C Si bien el contenido puede variar según modelo de negocio, estas cláusulas son esenciales para la mayoría de sitios y aplicaciones: Identificación del proveedor: razón social, CUIT, domicilio y datos de contacto. Objeto y alcance del servicio: descripción clara de lo que ofrece la plataforma y límites del servicio. Condiciones de acceso y uso: requisitos de registro, edad mínima, conducta prohibida y suspensión o cierre de cuentas. Pagos y facturación: precios, moneda, impuestos aplicables, métodos de pago, políticas de devolución y plazos. Propiedad intelectual: titularidad de contenidos, licencias de uso para el usuario y prohibiciones sobre reproducción no autorizada. Protección de datos y cookies: referencia a la política de privacidad, finalidades del tratamiento y mecanismos para ejercer los derechos reconocidos por la Ley 25.326: acceso, rectificación, actualización, supresión y confidencialidad de los datos personales (art. 16, Ley 25.326). Limitación de responsabilidad: alcance razonable de la responsabilidad por fallas, interrupciones o daños; recordá que frente a consumidores esta cláusula no puede ser abusiva ni exonerar obligaciones esenciales. Resolución de conflictos y jurisdicción: indicá la ley aplicable y el fuero; en relaciones B2C las cláusulas que impongan jurisdicción distinta a la del consumidor pueden ser cuestionadas. Modificaciones a los T&C: cómo y con qué antelación vas a notificar cambios y qué sucede si el usuario no acepta las modificaciones. Prueba del consentimiento: clickwrap vs browsewrap Un aspecto práctico y decisivo es cómo documentás que el usuario aceptó los T&C. Existen dos modelos habituales: Clickwrap: el usuario debe hacer una acción afirmativa (por ejemplo, tildar una casilla y hacer clic en "aceptar") antes de completar el registro o la compra. Es la modalidad más segura desde el punto de vista probatorio, ya que permite acreditar que el usuario tomó conocimiento activo del contenido aceptado. Browsewrap: los términos están disponibles mediante un enlace en el sitio, pero no hay una aceptación activa. Es menos recomendable si necesitás probar el consentimiento en una disputa. El Código Civil y Comercial reconoce la validez de los contratos celebrados por medios electrónicos, pero la fuerza probatoria de la aceptación dependerá de que puedas demostrar la identidad del usuario, la fecha y el contenido aceptado. Atentos al consumidor: cláusulas abusivas y transparencia La Ley de Defensa del Consumidor protege fuertemente al usuario final. Por eso: No podés incluir cláusulas que limiten derechos esenciales del consumidor ni eximirte de obligaciones ineludibles. La información debe ser clara, destacada y accesible: precios totales, plazos, garantías y políticas de devolución deben estar visibles. Si ofrecés servicios sujetos a garantías o condiciones especiales (por ejemplo, suscripciones), explicá con precisión cómo funcionan las renovaciones y cancelaciones. Recomendaciones prácticas para pymes y empresas A modo de checklist práctico: Redactá en lenguaje claro y profesional, evitando ambigüedades. Si bien es un documento legal, tiene que ser entendible para tus usuarios. Implementá un mecanismo de aceptación activa (clickwrap) para registros, compras o cambios significativos. Mantené registro de consentimientos: fecha, dirección IP, versión de los T&C y el contenido aceptado. Inscribí tus bases de datos ante la AAIP si aún no lo hiciste: es una obligación de la Ley 25.326 que muchas pymes omiten. Coordiná los T&C con la política de privacidad y las políticas de cookies; no generes contradicciones entre documentos. Revisá tus T&C periódicamente y ante cambios regulatorios o comerciales. Recordá: los Términos y Condiciones no solo protegen a tu negocio, también generan confianza en tus usuarios cuando son claros y justos. Conclusión Contar con Términos y Condiciones bien confeccionados es una decisión estratégica y legal. Te ayudan a limitar riesgos, a cumplir obligaciones frente a consumidores y a documentar acuerdos electrónicos. En Argentina, debés articularlos con la Ley de Defensa del Consumidor, la Ley de Firma Digital, la Ley de Protección de Datos y las normas del Código Civil y Comercial. Si todavía no tenés T&C o no los revisaste en los últimos meses, considerá priorizar su elaboración, la inscripción de tus bases de datos ante la AAIP y el registro de aceptaciones: es una inversión en seguridad jurídica y en la reputación de tu empresa. Sobre la autora La Dra. Di Paolo es abogada especializada en propiedad intelectual, registro de marcas y contratación para empresas y pymes. En este artículo te ofrecí una guía práctica y legalmente fundada para que entendás por qué los Términos y Condiciones son esenciales en tus productos digitales. --- ### Alquiler seguro: Claves para firmar un contrato en Argentina URL: https://www.estudiodipaolo.com.ar/notas-legales/alquiler-seguro-claves-para-firmar-un-contrato-en-argentina Fecha: 6 de abril de 2026 Categoría: Contratos de alquiler Guía práctica para empresas y pymes: qué cláusulas cuidar, garantías, actualización y verificación legal antes de firmar un contrato de alquiler en Argentina. Alquiler seguro: por qué importa un buen contrato Sos empresario o responsable de una pyme y estás por firmar un contrato de alquiler de un local, depósito u oficina. Firmar sin revisar adecuadamente puede generar costos inesperados, pérdida de tiempo y conflictos judiciales. Yo, Dra. Di Paolo, te explico qué debés chequear para reducir riesgos y asegurar la continuidad de tu negocio. ¿A qué tipo de contrato te enfrentás? Antes de profundizar en cláusulas, distinguí el tipo de locación y el momento en que fue firmada. En Argentina el régimen aplicable depende de cuándo se celebró el contrato y cuál era la normativa vigente en ese momento: Contratos firmados antes del 29 de diciembre de 2023: se rigen por la normativa vigente al momento de su celebración, ya sea la Ley 27.551 (vigente desde julio de 2020) o su modificatoria Ley 27.737 (vigente desde octubre de 2023). Esos contratos mantienen sus reglas originales hasta su vencimiento. Contratos firmados a partir del 29 de diciembre de 2023: el DNU 70/2023 derogó las leyes 27.551 y 27.737 y devolvió los contratos de locación al Código Civil y Comercial de la Nación, con algunas modificaciones. Rige la libertad de las partes para negociar plazo, moneda, índice de actualización y demás condiciones. Ya no existe un plazo mínimo legal obligatorio ni un índice de ajuste impuesto por ley. Muchas pymes firman contratos comerciales. Eso te da mayor margen de negociación, pero también la responsabilidad de prever todo por escrito con el mayor detalle posible. Cláusulas esenciales que debés incluir y revisar A continuación, las cláusulas que nunca debés omitir. Te las resumo en forma práctica para que las compares con el borrador que te presenten. Identificación y capacidad Identificá correctamente a las partes: razón social, CUIT, domicilio real y representante legal. Si firmás por una sociedad, verificá que la persona que firma tenga poder suficiente (estatuto, acta, poder notarial). Para la contraparte, pedí constancias de titularidad del inmueble en el Registro de la Propiedad Inmueble provincial o municipal según corresponda. Descripción del inmueble y destino Dirección precisa y detalle de la superficie, locales y anexos. Incluí plano si es posible. Detallá la actividad permitida (p. ej. comercio, depósito, oficina) y las limitaciones. Si necesitás modificaciones estructurales, explícitas y pactá responsables y autorizaciones municipales. Duración y renovación Para contratos celebrados bajo el DNU 70/2023, la duración se negocia libremente entre las partes: no existe plazo mínimo legal. Si las partes no fijan un plazo, se aplica el supletorio del Código Civil y Comercial (2 años para destino vivienda; 3 años para otros destinos). Establecé plazos concretos, mecanismos de prórroga automática o renovación y los plazos de preaviso para desistir. Precio del alquiler, moneda, pago y actualización Fijá monto, moneda y forma de pago (transferencia, depósito bancario). Bajo el régimen del DNU 70/2023: El alquiler puede pactarse en pesos o en moneda extranjera, al libre arbitrio de las partes. El locatario no puede exigir pagar en una moneda diferente a la pactada. Las actualizaciones y el índice de ajuste son de libre acuerdo entre las partes: puede ser IPC, ICL, UVA, un porcentaje fijo u otro índice que acuerden. Si el índice elegido dejara de publicarse, se aplica uno oficial de características similares. La periodicidad de los ajustes también es libre; lo importante es que quede expresamente escrita en el contrato. Importante: si el contrato fue firmado antes del 29 de diciembre de 2023 y aún está vigente, seguirá rigiéndose por las reglas de la ley bajo la que fue celebrado hasta su vencimiento. No apliques las condiciones del DNU a contratos anteriores. Garantías y depósitos Las garantías más habituales en Argentina son: Garantía propietaria (garante con inmueble inscripto). Seguro de caución contratada por el inquilino. Garante con recibos de sueldo (menos frecuente para empresas). Depósito en garantía: bajo el DNU las partes acuerdan libremente el monto, la moneda y las condiciones de devolución. Establecé por escrito cómo se actualiza y cuándo se restituye. En el contrato debés detallar quién paga la comisión inmobiliaria, los gastos de gestoría del seguro de caución y el tratamiento del depósito a la finalización del contrato. Expensas, impuestos y servicios Detallá qué conceptos corre por cuenta del inquilino y cuáles del locador: expensas comunes, tasas municipales (ABL), impuestos provinciales o municipales, y servicios asociados. Si el alquiler es comercial, verificá si está gravado con IVA (cuando el locador es responsable inscripto y el inmueble está afectado a una actividad económica) y cómo impacta en el precio neto. También considerá percepciones o retenciones locales. El impuesto de sellos es provincial y varía según la jurisdicción; pactá expresamente quién lo abona. Obligaciones de conservación y reparaciones Clarificá la responsabilidad por reparaciones de mantenimiento (uso normal) y las obras estructurales o de gran envergadura (a cargo del propietario salvo acuerdo distinto). Incluí un protocolo de entrega y un inventario con fotos al inicio y al final del contrato. Cesión, subarriendo y modificaciones Si necesitás subarrendar o ceder el contrato, pactalo expresamente y fijá las condiciones y autorizaciones del locador. Resolución por incumplimiento y cláusula penal Definí de manera precisa los supuestos de mora y el mecanismo de resolución. Es habitual pactar una cláusula penal (multa) pero cuidá que sea proporcional y ejecutable. Bajo el DNU 70/2023, el locador también puede pactar en el contrato causales de rescisión específicas. Jurisdicción y mecanismos de solución de conflictos Para empresas, la cláusula de arbitraje puede ser una alternativa rápida y privada. Si elegís la vía judicial, indicá tribunal competente. Cabe aclarar que el DNU 70/2023 también eliminó la mediación prejudicial obligatoria previa al desalojo, que antes exigía la Ley 27.551 para destino habitacional. Verificaciones previas imprescindibles Comprobá la titularidad y existencia de gravámenes en el Registro de la Propiedad Inmueble correspondiente. Consultá en la municipalidad sobre habilitaciones comerciales y restricciones de uso (zonificación, rubro permitido). Revisá antecedentes de expensas y juicios sobre el inmueble. Si contratás a una inmobiliaria, exigí factura y contrato claro sobre comisiones. Consejos prácticos para pymes No firmes cláusulas verbales: todo lo pactado debe constar por escrito, especialmente precio, moneda, índice y plazo. Negociá periodos de gracia para adecuaciones del local antes del inicio del pago. Exigí un inventario detallado y fotos al inicio; guardá evidencia de todo estado previo. Si necesitás obras, pactá límites de inversión, autorizaciones y destino de mejoras al fin del contrato (indemnización o remoción). Si te presentan un modelo de contrato viejo que menciona el ICL o la Ley 27.551 como normativa vigente para un contrato nuevo, solicitá que sea actualizado al régimen del DNU 70/2023. Palabras finales Un contrato de alquiler seguro es preventivo: reduce conflictos y te da previsibilidad financiera. Desde diciembre de 2023 el régimen de locaciones en Argentina cambió sustancialmente: las partes tienen amplia libertad para negociar plazo, moneda e índice de ajuste, pero esa libertad implica mayor responsabilidad de pactar todo por escrito con precisión. Como Dra. Di Paolo, te recomiendo leer cada cláusula, chequear poderes y titularidad, y verificar siempre bajo qué normativa fue celebrado el contrato que tenés enfrente. Si necesitás orientación para revisar cláusulas complejas, interpretar impactos fiscales o adaptar un contrato al régimen vigente, obtené asesoramiento legal específico antes de firmar. Sobre la autora La Dra. Di Paolo es abogada especializada en contratos comerciales, contratos de locación y derecho corporativo para empresas y pymes en Argentina. --- ### Marca registrada vs. nombre de fantasía: ¿cuál es la diferencia y por qué importa? URL: https://www.estudiodipaolo.com.ar/notas-legales/marca-registrada-vs-nombre-de-fantasia-argentina Fecha: 3 de abril de 2026 Categoría: Marcas Muchos emprendedores confunden el nombre de fantasía con la marca registrada. Son dos figuras legales distintas con protecciones muy diferentes. Te explicamos qué cubre cada una y por qué necesitás ambas. ¿Qué es un nombre de fantasía? El nombre de fantasía es el nombre comercial con el que una persona o empresa se presenta al público: el nombre del local, del emprendimiento o del proyecto. Puede ser diferente a la razón social inscripta en la IGJ o en la AFIP. Por ejemplo, una sociedad llamada "Pérez & Asociados S.R.L." puede operar comercialmente bajo el nombre de fantasía "PintaHogar". El nombre de fantasía no requiere registro obligatorio para existir, pero esa falta de registro tiene consecuencias importantes. ¿Qué es una marca registrada? Una marca registrada es un signo distintivo —nombre, logo, slogan o combinación de ellos— que fue inscripto ante el INPI (Instituto Nacional de la Propiedad Industrial) y obtuvo un certificado de registro. En Argentina, el sistema marcario funciona bajo el principio de registro atributivo: la marca le pertenece a quien la registra primero, independientemente de quién la usó primero. Las 3 diferencias clave 1. Protección legal El nombre de fantasía, por sí solo, no genera un título legal de propiedad exclusiva. Si alguien empieza a usar el mismo nombre en la misma actividad, es muy difícil reclamar sin un registro marcario que respalde tu posición. Existe, sin embargo, una figura intermedia contemplada en la propia Ley 22.362 de Marcas: la designación (arts. 27 a 30). La designación protege el nombre con que se identifica una actividad por el simple uso, sin necesidad de registro, pero esa protección es limitada: solo opera respecto del ramo en que se utiliza y no otorga exclusividad nacional ni un título formal oponible ante el INPI. La marca registrada, en cambio, te da exclusividad de uso en las clases de productos o servicios registrados y te habilita a iniciar acciones judiciales por infracción. 2. Alcance territorial La protección por uso como designación puede tener cierto alcance local o sectorial, pero es limitada y difícil de hacer valer fuera de ese contexto. La marca registrada ante el INPI tiene alcance nacional. Para protección internacional, existe el Sistema de Madrid, al que Argentina adhiere, que permite extender el registro a la mayoría de los países del mundo. 3. Duración La protección por uso como designación existe mientras se usa la actividad y se extingue con su cese; no genera un título con fecha cierta ni certificado. La marca registrada tiene vigencia de 10 años a partir de la fecha de concesión, renovable indefinidamente por períodos iguales, siempre que se acredite su uso durante los cinco años previos a cada vencimiento. ¿Puede ser lo mismo el nombre de fantasía y la marca? Sí, y de hecho es lo ideal. Si tu negocio se llama "PintaHogar" y registrás esa marca ante el INPI, el nombre de fantasía y la marca registrada coinciden. Eso te da la mayor protección posible. El problema surge cuando un emprendedor opera durante años bajo un nombre de fantasía sin registrarlo como marca. En ese tiempo, cualquier tercero puede registrar ese mismo nombre y obtener derechos exclusivos sobre él. ¿Qué pasa si otro registra primero mi nombre de fantasía? Si un tercero registra como marca un nombre que vos ya usabas como nombre de fantasía, podés oponerte al registro alegando uso previo y notorio —pero es una batalla difícil, costosa y con resultado incierto. La Ley 22.362 reconoce cierta protección al uso previo a través de la figura de la designación, pero la jurisprudencia es variable y cada caso depende de la prueba concreta del uso. La estrategia más sólida siempre es registrar la marca antes de lanzar el producto o servicio, o a más tardar en el momento del lanzamiento. ¿Necesito los dos? Depende de tu situación: Si sos una sociedad (SA, SRL), tu razón social está registrada en la IGJ, pero eso no protege tu marca comercial. Si sos un profesional independiente o monotributista, tu nombre como nombre de fantasía tampoco tiene protección automática ni exclusividad nacional. En ambos casos, el registro marcario ante el INPI es el único mecanismo que te da un título legal de exclusividad sobre tu signo distintivo, con alcance nacional y oponible frente a terceros. Conclusión El nombre de fantasía y la marca registrada no son lo mismo ni se reemplazan entre sí. El nombre de fantasía es cómo te conoce el mercado; la marca registrada es el título legal que acredita que ese nombre te pertenece y te da exclusividad para usarlo. Si ya tenés un nombre de fantasía consolidado, el próximo paso natural es registrarlo como marca ante el INPI para proteger lo que construiste. Sobre la autora La Dra. Di Paolo es abogada y Agente INPI, especializada en registro y defensa de marcas y propiedad intelectual para empresas y profesionales en Argentina. ## Contacto - Sitio web: https://www.estudiodipaolo.com.ar - Email: dipaolodanisa@gmail.com - Teléfono / WhatsApp: +54 9 11 3420-8337 - LinkedIn: https://www.linkedin.com/in/danisa-di-paolo - Ubicación: Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina ## Recursos para crawlers - Sitemap: https://www.estudiodipaolo.com.ar/sitemap.xml - Versión extendida: https://www.estudiodipaolo.com.ar/llms-full.txt